Municipalidad de Guarambaré

Intendente Ing. Agr. Oscar Esteban Cabrera Narváez

CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 169 DE LA CONSTITUCION NACIONAL.

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La Administración Municipal realizó transferencias a la Gobernación del Departamento Central y al Ministerio de Hacienda en concepto del 15% sobre el Impuesto Inmobiliario correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021-2022(desde el inicio del actual gobierno municipal), dando cumplimiento al Art. 169 de la Constitución Nacional.
El Ejecutivo Municipal depositó la totalidad de las recaudaciones en el tiempo establecido por un total de G. 128.298.994, ejecutando así nuestros compromisos municipales según lo establecido en las leyes de pagos y transferencias.
Al respecto, la Constitución Nacional en su artículo 169 Del Impuesto Inmobiliario establece “Corresponderá a las municipalidades y a los departamentos la totalidad de los tributos que graven la propiedad inmueble en forma directa. Su recaudación será competencia de las municipalidades. El setenta por ciento de lo recaudado por cada Municipalidad quedará en propiedad de la misma, el quince por ciento en la del departamento respectivo y el quince por ciento restante será distribuida entre las municipalidades de menores recursos, de acuerdo con la ley”
INTENDENCIA MUNICIPAL PERÍODO 2021-2025

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